lunes, 7 de mayo de 2012

Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y Reglamento (SSO)


El miércoles 25 de abril se publicó en El Peruano el D.S. 005-2012-TR con el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (20/08/2011)
Síntesis de las disposiciones:
  • El Registro del Sistema de Gestión de SST estará a cargo de los empleadores (registro físico o electrónico)
  • Con 20 o más trabajadores se deberá contar con un Comité de Salud y Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Los empleadores deben: entregar una copia del reglamento a cada colaborador, realizar 4 capacitaciones al año, en el contrato se debe describir las recomendaciones de seguridad en el trabajo, facilitar cursos de formación y capacitación para colaboradores, elaborar mapas de riesgos, realizar auditorias de gestión, etc.
  • Obligaciones del empleador: promover y mantener un ambiente seguro en el centro de trabajo, garantizar la seguridad y salud en el trabajado, perfeccionar los niveles de protección existentes  adoptando medidas de protección contra riesgos laborales.
  • El empleador que incumple/omite más de un centenar de obligaciones y formalidades o que no adopte medidas preventivas, podrá ser denunciado y sancionado con penas desde dos a diez años de prisión

Más detalles:

Derechos de los trabajadores:
Están protegidos contra actos de hostilidad del empleador, participar en los programas de capacitación. Tienen derecho a un puesto de trabajo adecuado. La protección alcanza a los trabajadores de contratistas y sub contratistas.

Obligaciones de los trabajadores:
Deben cumplir las normas y reglamentos, usar materiales de trabajo asignados, no manipular equipos y herramientas sin autorización, cooperar con los procesos de investigación, someterse a exámenes, reportar accidentes, etc.

Los inspectores deberás verificar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud. Estos recolectan información, recomiendan acciones preventivas, etc.

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